¿Como formalizar tu Cooperativa?
Para crear una cooperativa, la normativa cuenta con un Reglamento en el que se prevé una serie de formalidades, te resumimos los pasos a seguir a continuación:
1. Designación de un Comité Organizador
El cual deberá registrar los futuros socios y socias, recolectar los aportes iniciales para gastos de los trámites de constitución, redactar el estatuto social a proponer en lajunta general constitutiva, realizar la convocatoria y dirigir la Junta General Constitutiva.
2. Celebración de la Junta General Constitutiva
Se deberá levantar un acta en la que se manifieste la voluntad de los concurrentes de constituir la cooperativa, la aprobación del estatuto social y la elección de los representantes el consejo de adminitración, junta de vigilancia y gerente. Además, se deberá redactar un extracto que deberá contener a lo menos razón social, domicilio, duración de la cooperativa, objetivo, número de socios, capital suscrito y pagado. Para más información puedes revisar el documento “Guía de puesta en marcha para emprendimientos asociativos cooperativas”.
3. Reducción a escritura pública de acta constitutiva y los estatutos
El acta deberá legalizarse ante notario a través de una escritura pública, por este motivo debe contener la individualización del o de las personas autorizadas para este trámite.
4. Inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la comuna
Se debe inscribir el extracto de la escritura social, autorizado por Notario, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente al domicilio de la Cooperativa. La inscripción y publicación, deberá efectuarse dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de la reducción a escritura pública del Acta de la Junta General Constitutiva.
5. Publicación en el Diario Oficial
El extracto de la escritura pública debe ser publicado en el Diario Oficial una sola vez, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de reducción a escritura pública del Acta de la Junta General Constitución. Para las cooperativas con menos de 5.000 UF de activos, la publicación en el Diario Oficial vía web es gratuita.
6. Remisión de antecedentes
Deberán solicitar la anotación de la cooperativa en el Registro de Cooperativas de la División de Asociatividad y Cooperativas dentro de los 20 días siguientes de la realización del último trámite, debiendo remitir los siguientes documentos:
- Copia del acta reducida a escritura pública con los estatutos.
- Copia autorizada del extracto de la escritura.
- Copia publicación extracto en Diario Oficial.
- Copia inscripción en el Registro de Comercio competente.
Los documentos pueden entregarse de forma presencial en Oficina de Partes del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo o en la Secretaría Regional Ministerial correspondiente a su región. Además, existen alternativas para realizar el trámite de manera online enviando los documentos por correo electrónico a la casilla oficinadepartesgd@economia.cl o pueden ser ingresados a través en DAES Digital https://tramites.economia.gob.cl/Constitucion
7. Tramitación de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos
Cabe destacar que las cooperativas deben obtener un RUT y declarar el Inicio de Actividades en el SII, además de llevar libros de contabilidad según la normativa que rige a las cooperativas y declarar los impuestos mensuales y anuales que les correspondan.